jueves, 9 de septiembre de 2010

Televisa contra Reforma, ¿por moral?

Y otra vez, Televisa se le va encima al Reforma.

Reforma fomenta la trata de personas, afirma.

En verdad no tengo idea de las causas de este señalamiento. A menos que Televisa se está erigiendo en defensor de la moralidad de los medios, y vaya a empezar a regañar a los medios que, a su juicio, fomenten cualquier tipo de delitos o conductas inmorales: prostitución, maltrato de animales, fumar cigarrillos... ¿Comer alimentos que enferman o no nutren, anunciar alcohol, anunciar productos milagrosos, no fomentar el ejercicio...,o qué? ¿Hasta qué tema se acabará las objeciones morales de Televisa, y porqué es en ese y no en otro?

No hay legislación actualizada de la prostitución. En el D.F. (porque este tema deberá revisarlo cada entidad, ya que ni de chiste es la prostitución un delito federal o que se persiga de oficio) sigue siendo una falta administrativa, y por supuesto no hay legislación específica sobre la publicidad de la prostitución. Tampoco hay legislación federal sobre la publicidad, como no sea la electoral...

En el D.F., la fracción 7 del artículo 24 de la Ley del Cultura Cívica establece qué tipo de delito es la prostitución. En el D.F., la prostitución es una molestia a vecinos, y si no se les molesta, no hay delito:

Artículo 24.- Son infracciones contra la tranquilidad de las personas:

I. Prestar algún servicio sin que le sea solicitado y coaccionar de cualquier manera a quien lo reciba para obtener un pago por el mismo. La presentación del infractor solo procederá por queja previa;

II. Poseer animales sin adoptar las medidas de higiene necesarias que impidan hedores o la presencia de plagas que ocasionen cualquier molestia a los vecinos;

III. Producir o causar ruidos por cualquier medio que notoriamente atenten contra la tranquilidad o la salud de las personas;

IV. Impedir el uso de los bienes del dominio público de uso común;

V. Obstruir con cualquier objeto entradas o salidas de inmuebles sin autorización del propietario o poseedor del mismo;

VI. Incitar o provocar a reñir a una o más personas;

VII. Invitar a la prostitución o ejercerla, así como solicitar dicho servicio. En todo caso sólo procederá la presentación del probable infractor cuando exista queja vecinal, y

VIII. Ocupar los accesos de oficinas públicas o sus inmediaciones ofreciendo la realización de trámites que en la misma se proporcionen, sin tener autorización para ello.

La trata de personas si es un delito federal, y lo que Televisa esta haciendo es acusar al Reforma de fomentarla. Por lo pronto, Televisa ya es un vecino que se etá quejando de la prostitución en su vecindad...

¿Si alguien acepta publicar la dirección o el teléfono de un servicio de prostitución fomenta la trata de personas? ¿Los que venden espacios publicitarios están o deben estar obligados a verificar, incluso a certificar la veracidad o legalidad de los servicios o bienes que se anuncian? ¿Televisa tendría que hacer estudios de nutriología para garantizar que lo que anuncia no hace daño, o lo hace poco?

En el D.F., hay este problema con la Ley de Extinción de dominio, apenas reformada en diciembre de 2008. En principio, se inculpa a los que rentaran viviendas u oficinas que son usadas en delitos. El que renta una casa o departamento, debe certificar que el que se lo alquila no la use para algún delito. Esto, para atacar a los hoteleros donde se ejerce la prostitución.

Dice la Ley:

ARTÍCULO 4. La Extinción de Dominio es la pérdida de los derechos de propiedad de los bienes mencionados en el artículo 5 de esta Ley, sin contraprestación ni compensación alguna para el afectado, cuando se acredite el hecho ilícito en los casos de delincuencia organizada, secuestro, robo de vehículos y trata de personas, y el afectado no logre probar la procedencia lícita de dichos bienes y su actuación de buena fe, así como que estaba impedido para conocer su utilización ilícita.

ARTÍCULO 24. En el procedimiento de Extinción de Dominio se respetarán las garantías de audiencia y debido proceso, permitiendo al afectado, terceros, victimas y ofendidos, comparecer en el procedimiento, oponer las excepciones y defensas, presentar pruebas e intervenir en su preparación y desahogo, así como los demás actos procedimentales que estimen convenientes.

ARTÍCULO 25. Durante el procedimiento el Juez garantizará y protegerá que los afectados puedan probar:

I. La procedencia lícita de dichos bienes, su actuación de buena fe, así como que estaba impedido para conocer su utilización ilícita.

Es decir, el particular debe demostrar que no sabía que se iba a cometer un delito. Bajo ésta lógica, o más aún, bajo este antecedente legal, Reforma sí fomenta la trata de personas porque no investiga que los anuncios ahí publicados tengan qué ver con ese delito, no puede probar que no se anuncien venta de esclavos porque no investiga si lo que se ofrece son servicios de esclavos.

Por eso importa saber de qué va este ataque o acusación…

miércoles, 8 de septiembre de 2010

Una de medios

Ayer en la noche, López Dóriga y Televisa se le fueron encima al diario Reforma. Reforma y su periódico local Metro, venden espacios para anunciar prostitución. Como lo hace el Gráfico o La Prensa. Pero en la nota de Televisa, presentan al Reforma como si fuera el único, y no solo eso: lo trataron como si estuviera directamente involucrado en el tráfico de personas, en la trata de blancas, en la venta de esclavos pues...

La nota me extraño por su agresividad. Fue Televisa al Congreso a denunciar ante los diputados si conocian lo que este diario hace, y si se iban a quedar impávidos. Los prohombres, respondieron: que iban a legislar, que es una verguenza, que el Reforma tiene doble moral, que conocian mucha gente que ha cancelado su suscripcion al Reforma para que a sus casas no llegue esa cochinada, etc., etc.

¿Por qué se está peleando Reforma y Televisa? ¿Alguien sabe?